La Decisión de la SCJN sobre el Consumo de Mariguana
En una reciente sesión, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó una decisión importante respecto a la legalidad del consumo de mariguana en México. Con una votación de cinco a favor y cuatro en contra, la corte no declaró inconstitucional la parte del artículo 478 de la Ley General de Salud que establece un límite de cinco gramos como máximo permitido para la portación de mariguana para uso personal. Este resultado significa que el delito de posesión sigue vigente y que el tope máximo de posesión permanece en pie.
Contexto del Caso
El caso fue suscitado por una persona en situación de calle que fue detenida con 14 gramos de mariguana, excediendo en 9 gramos el máximo legal permitido. En este contexto, la autoridad deberá evaluar no solo la cantidad de marihuana, sino también las circunstancias del caso, como el tiempo, lugar y modo de posesión. Así mismo, se tendrán que considerar aspectos subjetivos como la farmacodependencia o el entorno cultural y religioso del individuo.
Discusión del Proyecto
Durante la sesión, se discutió el proyecto presentado por el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía relacionado con el Amparo en Revisión 132/2025. En este proyecto, se proponía conceder el amparo al quejoso, argumentando que la cantidad de cannabis que portaba no constituía un delito contra la salud. El ministro subrayó que penalizar el consumo personal de cannabis sativa podría no ser coherente con los derechos de libre desarrollo de la personalidad, la privacidad y la salud.
Consideraciones en la Evaluación
El ministro planteó que, al evaluar el caso, se deben tener en cuenta las circunstancias objetivas, como la cantidad y las condiciones de posesión, así como factores subjetivos relacionados con la situación particular del imputado, incluyendo su farmacodependencia y sus creencias.
Opiniones Contrarias
A pesar de estas consideraciones, la ministra Lenia Batres expresó su desacuerdo con el proyecto. Indicó que el obstáculo jurídico que el proyecto intenta remover permanece intacto, ya que la legislación sigue vinculando el concepto de consumo personal a la no superación del límite establecido. Según ella, esta solución arriesga convertirse en una declaración de impacto limitado o incierto.
Conclusión
La decisión del Pleno de la SCJN ha abierto un debate importante sobre la regulación del consumo de mariguana en México. A pesar de la propuesta de un enfoque más comprensivo y flexible, la carga legal sobre el consumo personal sigue en pie, lo que plantea desafíos para los derechos de los individuos en situaciones similares.
Resumen de Puntos Clave
- La SCJN no declaró inconstitucional el límite de cinco gramos para la portación de mariguana.
- Se deben considerar circunstancias objetivas y subjetivas en casos de posesión.
- Las opiniones sobre la penalización del consumo personal de cannabis divergieron en la corte.
- El debate sobre la legalización y regulación del consumo de mariguana continúa vigente.

